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Sentencia que reconoce a las trabajadoras de Ayuda a Domicilio el derecho a la desconexión digital

CTA ha conseguido una importante sentencia en el Juzgado de lo Social nº1 de Córdoba por el que se reconoce el derecho a la desconexión digital para todas las trabajadoras del servicio de Ayuda a Domicilio. CTA ha estado representada en este juicio por el letrado Sr. Ibarra Mirada.

Esta sentencia se ha obtenido a través de la demanda interpuesta contra la empresa INEPRODES, S.L. que presta el Servicio de Ayuda a Domicilio en la localidad de La Guijarrosa. La demanda obedecía al procedimiento de esta empresa de llamar a las Auxiliares de Ayuda a Domicilio del S.A.D. de La Guijarrosa a su teléfono particular fuera de su horario de trabajo y en pleno descanso diario, semanal o anual, para ordenar o solicitar la realización de servicios de atención domiciliaria distintos de los previamente programados en su cuadrante semanal.

El fallo de la sentencia declara “que el comportamiento de INEPRODES, S.L… lesiona su derecho laboral a la desconexión digital y su derecho fundamental a la intimidad personal y familiar.”

El fallo condena a INEPRODES a “abstenerse de perturbar el descanso diario, semanal o anual de las Auxiliares de Ayuda a Domicilio del S.A.D. de La Guijarrosa mediante llamadas telefónicas o mensajes de texto a su teléfono particular realizados fuera de su horario de trabajo, para ordenar o solicitar la realización de servicios de atención domiciliaria distintos de los previamente programados en su cuadrante semanal”.

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