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Derecho de indemnidad

El pasado 11 de noviembre, salió publicada la Ley Orgánica 5/2024 del derecho de Defensa, que regula el art. 24 de la Constitución, que es el derecho a la tutela efectiva de la justicia.

Evidentemente esta Ley Orgánica se legisla porque después de 46 años de proclamarse la constitución, aún no se había protegido este derecho.

Pero en este comunicado lo que queremos significar que por primera vez viene recogido el derecho a la INDEMNIDAD. Literalmente dice: “…derecho a la indemnidad por la realización de cualquier actuación efectuada ante la empresa o ante una actuación administrativa o judicial destinada a la reclamación de sus derechos laborales, sea ésta realizada por ellas mismas o por sus representantes legales…se extiende al cónyuge, pareja de hecho y parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que presten servicios en la misma empresa…”

El juzgado de lo social revoca el laudo arbitral de las elecciones sindicales en la empresa Aceitunas Torrent

C.T.A. denuncia ante la opinión pública el fraude electoral que se ha dado en la empresa Aceitunas Torrent en el proceso de elecciones sindicales, con la colaboración absoluta de CC.OO.

El hecho fundamental es que la Empresa evito que las mesas electorales, publicaran durante 72 horas, el censo electoral con todos los datos que requiere el Reglamento de Elecciones Sindicales. En concreto evitó dar el D.N.I. y la edad, negando así la posibilidad a C.T.A. de comprobar quién votaba, si los componentes de la Mesa Electoral que había llamado la Empresa son los que reunían los requisitos para formar parte de la Mesa Electoral y si entre la plantilla pudiera haber trabajadores que no pueden ser candidatos por su edad.

CTA gana una demanda contra CC.OO. y la empresa aceitunas Torrent por irregularidades en un proceso electoral

TEXTO DEL FALLO: «Estimar la demanda interpuesta por COORDINADORA DE TRABAJADORES DE ANDALUCÍA frente a CCOO, UGT y ACEITUNAS TORRENT, S.L., declarando la nulidad y revocando el Laudo arbitral 8/2024 impugnado y acordando la retroacción del proceso electoral correspondiente al preaviso 484/2023 al momento de la publicación del Censo Electoral por la Mesa Electoral, debiendo contener el mismo los datos de los trabajadores legalmente exigidos por el art. 6,3 RD 1844/1994 y exhibirse un mínimo de 72 horas en el Tablón de Anuncios de la empresa, condenando a las demandadas a estar y pasar por esta declaración.»

Izada de bandera de condena a los asesinatos machistas

La Plataforma Cordobesa contra la violencia a las mujeres ha realizado en el Ayuntamiento de Córdoba el acto de “Izada de bandera de condena a los asesinatos machistas”. Este evento se ha realizado para dar visibilidad y concienciar sobre las desigualdades entre mujeres y hombres y para condenar por todas las agresiones que sufren las mujeres.

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